Desventajas de: “Hazme un Jingle, pero que me suene como esta canción…”
Es sabido que en la publicidad algunos creativos sugieren a sus clientes “adaptar” canciones preexistentes para crear jingles publicitarios para campañas determinadas.
En
el derecho de autor esto es permitido siempre y cuando el adaptador o quien transforme
una obra musical existente con un copy creado para una campaña publicitaria
realice un pago ante una entidad administradora de derechos de autor de un
derecho de “sincronización”.
Hemos
visto canciones de muchos estilos con la letra cambiada y acomodada al mensaje
de determinadas campañas publicitarias.
¿esto
funciona?
¿es
de buen gusto?
¿genera
recordación a largo plazo?
¿se
justifica en términos de costos y retorno de inversión?
Desde
el audiobranding experto, la respuesta es: NO
No
funciona como estrategia de creación o posicionamiento de una marca en cuanto a
audiobranding se refiere ya que buscar identificar una marca con una canción
conocida y atentar virtualmente contra el espíritu artístico de su creador puede
convertirse en un arma de doble filo. La marca quedaría probablemente esclavizada
a dicha canción lo que al anunciante le generaría un pago eterno de regalías al
autor. No funciona porque la marca pierde su norte a largo plazo y difícilmente
podrá recuperar una identidad sonora propia, cosa que desde el audiobranding
cada marca se merece.
No
es de buen gusto pues, aunque se argumente la legal y pagada adaptación de la
obra, para el público en general se tratará de una “Parodia”, que no solo se
burla de la canción misma y de su autor cuya canción originalmente puede ser
del gusto de muchas personas, sino que también se burla de la marca misma y del
público que juzga en este acto creativo la poca originalidad.
No
genera recordación a largo plazo ya que este tipo de prácticas solo se hacen en
campañas puntuales con mensajes puntuales y cuando algún día se recuerda, generalmente
no se hace con agrado hacia la marca y el mensaje. El público quiere una
publicidad y unos mensajes atrayentes pero llenos de originalidad que enganchen
sus más altas emociones.
No
se justifica como inversión, mientras más famosa sea la canción, más alto será
el precio de la sincronización que deberá salir de los bolsillos del anunciante,
precios que pueden estar arriba de los US$30 mil. Además su uso prolongado
generará pago de altas regalías pues el autor cobrará en la medida de que dicha
“parodia” afecte progresivamente su reputación.
Desde
el audiobranding experto, recomendamos ser abanderados de la originalidad, dar
a las marcas la identidad propia que se merecen y con su sonido auténtico
llevarlas al más alto nivel.
www.expertaudiobranding.com
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